El plazo de diez días otorgado para la desocupación voluntaria del predio Cruz Gil en Mercedes está por vencer. En caso de no cumplirse, se procederá al desalojo forzado con intervención del Ministerio Público Fiscal. El Tribunal de Revisión ratificó la medida y rechazó la impugnación presentada por la defensa de los ocupantes.
El Tribunal de Revisión de Mercedes confirmó la medida dictada por la jueza de Garantías, doctora Benasayag, que ordena la desocupación del Complejo Recreativo-Religioso de la Cruz Gil, ubicado sobre la Ruta Nacional N° 123, cerca de la ciudad de Mercedes.
El plazo de diez días otorgado a los imputados para la desocupación voluntaria vence este fin de semana. Si no se cumple, se ejecutará el desalojo mediante la fuerza pública bajo la supervisión del Ministerio Público Fiscal.
La Justicia rechazó la impugnación de los acusados
El Tribunal, compuesto por los jueces Enrique Eduardo Deniri, Carlos Antonio Martínez y Jorge Alberto Esper, desestimó el recurso presentado por la defensa de los seis imputados, representada por el abogado Pablo Andrés Fleitas.
Los jueces coincidieron con el fiscal Adrián Aurelio Casarrubia, quien sostuvo que la medida responde a una cuestión de interés público. La desocupación es fundamental para cumplir con la Ley 6.628, que declara la utilidad pública del predio y garantiza su urbanización integral.
El rol del Estado en la recuperación del predio
El fiscal de Estado de la Provincia, Horacio Ortega, remarcó la necesidad de liberar el terreno para evitar complicaciones en el financiamiento de las obras de urbanización. La ley establece que el área debe contar con infraestructura y servicios adecuados para fortalecer el culto y la veneración en el santuario del Gauchito Gil.
Argumentos de la defensa y respuesta del Tribunal
La defensa de los ocupantes argumentó que la desocupación no era urgente, ya que existen varias causas judiciales en trámite sobre la posesión del inmueble. Sin embargo, el Tribunal rechazó este planteo, señalando que esas causas no influyen en el proceso de usurpación en curso.
Además, los jueces consideraron que los ocupantes intentan dilatar el proceso bajo la excusa de estar “cuidando” el predio. Ante esta postura, ratificaron que la orden de desalojo es necesaria y debe cumplirse dentro del plazo establecido.