El Gobierno Nacional, a través de la Resolución 49/2024, habilitó a las fuerzas de seguridad y a empresas privadas a ofrecer servicios de rampa en aeropuertos.
El Gobierno oficializó este jueves la Resolución 49/2024 en el Boletín Oficial, permitiendo que las fuerzas de seguridad y cualquier persona física o jurídica que cumpla con ciertos requisitos puedan prestar servicios de rampa en los aeropuertos argentinos. La medida fue impulsada por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, el Ministerio de Seguridad y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, en respuesta a recientes paros en el Aeroparque Internacional Jorge Newbery.
El comunicado de Transporte subraya que el objetivo de esta normativa es garantizar la continuidad de los servicios de rampa, especialmente en situaciones de conflicto gremial que afectan a los pasajeros. “De esta manera, las fuerzas públicas podrán actuar de forma inmediata en situaciones de paros encubiertos o medidas de fuerza extorsivas que perjudiquen a los pasajeros y afecten el normal funcionamiento aeroportuario”, se señala en el comunicado.
En lo que va del año, Intercargo ha llevado a cabo 16 asambleas y 4 paros, dejando a miles de pasajeros varados o esperando su equipaje. Con la nueva desregulación, el Gobierno busca evitar que los pasajeros queden nuevamente “rehenes” de los conflictos gremiales y, al mismo tiempo, abrir el mercado de servicios de rampa a operadores privados que cumplan con requisitos técnicos, legales y de seguridad.

La resolución también se enmarca en el principio de Silencio Positivo, facilitando que, una vez cumplidos todos los requisitos operativos y de seguridad, las autorizaciones se otorguen automáticamente en un plazo establecido. Las licencias tendrán una duración de 15 años, con posibilidad de renovación. De este modo, se agilizarán las tramitaciones y se reducirá la burocracia en el proceso de autorización para nuevos operadores.